visas de no-inmigrante
CLASES DE VISAS
Empleada Doméstica (B1/A3/G5)
Cualquier persona que tenga una Visa estadounidense puede llevar a su empleada(o) doméstica (o) de forma temporal a los Estados Unidos. Los ciudadanos estadounidenses quienes residan en EE.UU. y los residentes permanentes no pueden llevar empleadas domésticas a los Estados Unidos.
Miembros del Cuerpo Diplomático, Organismos Internacionales y personas poseedoras de una Visa de trabajo temporal (H1B), intra-empresa (L1) e inversionista (E2) pueden llevar a su empleada(o) doméstica(o) a los Estados Unidos de manera temporal.
Requisitos obligatorios:
- Pasaporte válido (por lo menos 6 meses de vigencia previo a su expiración).
- Pasaportes anteriores.
- Una (1) fotografía reciente 5x5 cms en fondo blanco.
- Recibo de pago del Banco de Guayaquil (US $131.00)*
- Formulario DS-156 EVAF impreso con su correspondiente código de barras.
- Formulario DS-157 (Imprima y complete a mano).
- Formulario de DHL para envio y entrega del pasaporte, el cual le permite ahorrar 40 minutos el día de su entrevista. (Complete e imprima el formulario)
- Pruebas de haber sido empleada(o) doméstica(o) en el hogar del empleador, por lo menos durante un año antes del proyectado viaje a Estados Unidos.
- Fotocopia de la Visa del empleador.
- Contrato de trabajo que indique:
- El empleador se compromete a pagar el salario mínimo estadounidense más 1,5 veces el salario mínimo por las horas de trabajo adicionales a la jornada de 40 horas semanales.
(El salario mínimo dependerá del Estado en que piense laborar) - Seguro médico y/o pago de los gastos médicos del empleado por parte del empleador.
- Disposiciones sobre vacaciones.
- Transporte de ida y vuelta (Ecuador-EE.UU.-Ecuador)
*Empleadas domésticas de miembros del Cuerpo Diplomático (A3) y
Organismos Internacionales (G5), NO deben cancelar la tasa consular
para solicitud de visa, pero SI deben presentarse a esta en la fecha y
hora que elCall Center les haya otorgado.
Requisitos adicionales para miembros del Cuerpo Diplomático y Organismos Internacionales:
- Empleada doméstica de miembros del Cuerpo Diplomático.
Nota Diplomática. - Empleada doméstica de miembros de un Organismo Internacional. Nota verbal.
Los solicitantes de Visa de Empleada Doméstica deben presentarse a la Embajada, en la fecha y hora que el Call Center les haya otorgado.



