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visas de no-inmigrante

CLASES DE VISAS
Empleada Doméstica (B1/A3/G5)

Cualquier persona que tenga una Visa estadounidense puede llevar a su empleada(o) doméstica (o) de forma temporal a los Estados Unidos. Los ciudadanos estadounidenses quienes residan en EE.UU. y los residentes permanentes no pueden llevar empleadas domésticas a los Estados Unidos.
 
Miembros del Cuerpo Diplomático, Organismos Internacionales y personas poseedoras de una Visa de trabajo temporal (H1B), intra-empresa (L1) e inversionista (E2) pueden llevar a su empleada(o) doméstica(o) a los Estados Unidos de manera temporal.


Requisitos obligatorios:

  1. Pasaporte válido (por lo menos 6 meses de vigencia previo a su expiración).
  2. Pasaportes anteriores.
  3. Una (1) fotografía reciente 5x5 cms en fondo blanco.
  4. Recibo de pago del Banco de Guayaquil (US $131.00)*
  5. Formulario DS-156 EVAF impreso con su correspondiente código de barras.
  6. Formulario DS-157 (Imprima y complete a mano).
  7. Formulario de DHL para envio y entrega del pasaporte, el cual le permite ahorrar 40 minutos el día de su entrevista. (Complete e imprima el formulario)
  8. Pruebas de haber sido empleada(o) doméstica(o) en el hogar del empleador, por lo menos durante un año antes del proyectado viaje a Estados Unidos.
  9. Fotocopia de la Visa del empleador.
  10. Contrato de trabajo que indique:
  • El empleador se compromete a pagar el salario mínimo estadounidense más 1,5 veces el salario mínimo por las horas de trabajo adicionales a la jornada de 40 horas semanales.
    (El salario mínimo dependerá del Estado en que piense laborar)
  • Seguro médico y/o pago de los gastos médicos del empleado por parte del empleador.
  • Disposiciones sobre vacaciones.
  • Transporte de ida y vuelta (Ecuador-EE.UU.-Ecuador)

*Empleadas domésticas de miembros del Cuerpo Diplomático (A3) y 
  Organismos Internacionales (G5), NO deben cancelar la tasa consular
  para solicitud de visa, pero SI deben presentarse a esta en la fecha y
  hora que elCall Center les haya otorgado.


Requisitos adicionales para miembros del Cuerpo Diplomático y Organismos Internacionales:

  • Empleada doméstica de miembros del Cuerpo Diplomático.
    Nota Diplomática.
  • Empleada doméstica de miembros de un Organismo Internacional. Nota verbal.

Los solicitantes de Visa de Empleada Doméstica deben presentarse a la Embajada, en la fecha y hora que el Call Center les haya otorgado.

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