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INFORMACIÓN VISA DE ESTUDIANTE

Aplicantes por primera vez a visas de estudiante (F1 J1y M1)

Todos los solicitantes de visa de estudiante deben comparecer en  persona para una entrevista con un oficial consular.  Los meses de junio, julio y agosto son los más ocupados en  la sección consular y las citas para entrevista son más difíciles de conseguir durante ese período. Para tener tiempo suficiente en caso de suscitarse algún problema, se aconseja a los estudiantes que soliciten sus visas tan pronto como reciban sus formas I-20.  Sin embargo, los estudiantes  no pueden ingresar a los Estados Unidos con más de 30 días de anticipación a la fecha del registro indicada en el I-20.    

Los estudiantes necesitan planificar efectivamente y evitar hacer varias visitas al consulado.  Los estudiantes deben traer los documentos sugeridos a continuación, así como cualquier otro documento que pudiera ayudar a establecer sus lazos socio-económicos con el país de residencia.  Existe la posibilidad de que la visa sea negada si los estudiantes olvidan traer los documentos originales especificados abajo. 

Es importante recordar que el hecho de aplicar temprano y proporcionar todos los documentos solicitados no garantiza que el estudiante reciba una visa.  Tenga en cuenta que la situación personal y académica de cada estudiante es diferente, por lo tanto dos estudiantes que soliciten la misma visa pueden tener diferentes tipos de entrevista y se les puede pedir diferentes documentos.  Por esta razón, las siguientes instrucciones generales se pueden abreviar o ampliar, dependiendo de la situación de cada aplicante.  

¿Qué es necesario para solicitar una visa de estudiante? 

• Un formulario I-20 obtenido de una escuela superior o universidad de Estados Unidos, el mismo que debe estar firmado por el aplicante y  por un funcionario de la escuela/universidad en los lugares correctos. 
• Recibo del pago no reembolsable de  la visa obtenido en el Banco de Guayaquil por $131.00.
•  Prueba del pago del SEVIS por sus siglas en inglés (servicio informativo del estudiante y del visitante de intercambio).    
• Un pasaporte con validez de al menos seis meses a partir de la fecha de la llegada a los Estados Unidos.  
• Una aplicación de visa de no inmigrante (formulario DS-156) completamente llena y firmada por el/la aplicante. Cada aplicante debe llenar su propio formulario. Se debe contestar todas las preguntas y firmar el formulario. Los formularios incompletos no serán aceptados.    
• Una aplicación suplementaria de visa de no inmigrante (formulario DS-157).
•  Un formulario de Historia de Trabajo y Contacto de la información para el solicitante de la visa de no inmigrante (forma DS-158).  
• Una fotografía reciente (no más de 6 meses de antigüedad) 5 x 5 cm. con fondo blanco.  No aceptamos fotos que hayan sido alteradas o retocadas.  Formato requerido de la foto .
• Libretas de calificaciones y diplomas obtenidos. 
• Evidencia financiera de los padres o de las personas que estén patrocinando el viaje, donde se demuestre tener los suficientes fondos para cubrir los costos de los estudios así como los costos de manutención por el primer año de la carrera.  
 
Los solicitantes con dependientes deben también proporcionar:
• Pruebas de la relación del estudiante con su cónyuge e hijos (as) (partidas de nacimiento y matrimonio originales).
• Evidencia de que el estudiante o su patrocinador tienen suficientes fondos para cubrir los gastos  para cada uno de los dependientes. 

Los dependientes que solicitan las visas F2 deben aplicar al mismo tiempo que el solicitante principal.

Qué es el SEVIS? 

Es el sistema de Información del Estudiante y del Visitante de Intercambio (SEVIS por sus siglas en Ingles) es un sistema con plataforma en internet que mantiene la información exacta y actual sobre estudiantes no inmigrantes (visa clase F y M), visitantes de intercambio (visa clase J) y sus dependientes (F2, M-2, y J-2).  SEVIS permite a las escuelas y universidades, así como a los  patrocinadores del programa transmitir información obligatoria y notificaciones de  acontecimientos vía Internet al departamento de Homeland Security (DHS) y al departamento de Estado (DOS) durante el tiempo de estadía del estudiante o del visitante de intercambio en los Estados Unidos.

A menos que sean exentos, todos los aplicantes de visa de estudiante deban pagar la tasa SEVIS I-901 al departamento Homeland Security por cada programa.  La tasa se puede pagar por medio de una página de internet, vía Credit Union o por correo.
 
Requisitos para estudiantes que aplican nuevamente
• Un nuevo formulario I-20 o un formulario I-20 endosado en la parte posterior por un funcionario de la escuela durante los últimos 12 meses.
• Recibo del pago no reembolsable de la visa obtenido en el Banco de Guayaquil por $131.00.
• Un pasaporte con una validez de por lo menos seis meses a partir de la fecha de la llegada en los Estados Unidos.  
• Una aplicación de Visa de No Inmigrante (formulario DS-156) completamente llena y firmada por el/la aplicante. Cada aplicante debe llenar su propio formulario. Todas las preguntas deben ser contestadas y firmada. Los formularios incompletos no serán aceptados.  Los estudiantes deben completar el formulario en la página web.  
• Una aplicación suplementaria de  Visa de No-Inmigrante (formulario DS-157).
•  Un formulario de Historia de Trabajo y Contacto de la información para el solicitante de la visa de No inmigrante (forma DS-158).  
• Una fotografía reciente (no más de 6 meses de antigüedad) 5 x 5cm con fondo blanco.  No aceptamos fotos que hayan sido alteradas o retocadas.  Formato de la foto
•  Prueba de la inscripción o continuación del estudiante dentro del programa.   
• Una copia del registro de notas proveniente de la escuela a la que asiste.  
• Evidencia financiera de los padres o de las personas que estén patrocinando el viaje, donde se demuestre tener los suficientes fondos para cubrir los costos de los estudios.  

Duración de la estadía

Cuando usted ingresa a los Estados Unidos con una visa de estudiante, el tiempo de estadía permitido usualmente será por el tiempo de la duración del programa de estudio. Eso significa que usted puede permanecer en el país mientras usted sea un estudiante a tiempo completo. En caso de que la visa F-1 en su pasaporte expire, su estadía será permitida siempre y cuando permanezca estudiando a tiempo completo dentro del programa de estudios para el que se le otorgó la visa.

Por ejemplo, si usted tiene una visa que sea válida por dos años que expira el 1 de enero de 2009 y le admiten en los Estados Unidos por el periodo de duración de sus estudios (indicados a menudo en su pasaporte o en su tarjeta I-94) usted puede permanecer en los Estados Unidos mientras esté inscrito en un programa de estudio a tiempo completo.  Aunque el 1 de enero de 2009 pase y su visa expire, usted todavía estará en estado legal como estudiante mientras usted siga siendo un estudiante a tiempo completo.  (Tiempo completo se define como llevar un mínimo de doce horas/crédito por semestre.)

Si usted sale de los Estados Unidos con una visa expirada, usted necesitará obtener una nueva visa antes de poder reingresar a los Estados Unidos para retomar sus estudios.  Una visa de estudiante no puede ser renovada o extendida en los Estados Unidos; esta debe ser tramitada/procesada en una embajada o un consulado fuera de Estados Unidos.  

Estudiantes que acuden a escuelas públicas

Hay ciertas restricciones al momento de acudir a una escuela pública en los Estados Unidos.  Las personas que violen estas restricciones estarán sujetas a no recibir otra visa por un período de cinco años.
Las restricciones se aplican solamente a los estudiantes que poseen visas F-1. Las restricciones no aplican a los estudiantes que asisten a escuelas públicas con visas derivadas, tales como F2, J-2 o H-4. Las restricciones tampoco se aplican a los estudiantes que asisten a escuelas privadas mientras están bajo la visa F-1.  
Las restricciones son:  
• Estudiantes que asisten a escuelas secundarias públicas en los Estados Unidos están limitadas a doce meses de estudio. Asistir a una escuela pública en los Estados Unidos antes del 30 de noviembre de 1996 no cuenta dentro este límite. 
• Las visas F-1 ya no pueden ser emitidas para asistir a escuelas públicas primarias o de nivel medio (jardín de la infantes - 8vo. grado) o para programas públicos de enseñanza para adultos.
• Antes de que una visa F-1 para una escuela pública pueda ser otorgada, el estudiante debe demostrar que la escuela pública en los Estados Unidos ha sido reembolsada totalmente el valor subsidiado per-cápita de la educación, calculado por la escuela.  El reembolso se puede indicar en el I-20.  Los oficiales consulares pueden solicitar las copias de los cheques y/o de los recibos cancelados que confirmen el pago según sea necesario.

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